Segunda Resolución:
PRIMERO. Respecto del Libro Primero, se reforman las reglas I.2.1.24.; I.2.5.4.; I.2.7.5.3., primer párrafo; I.3.3.1.26., primer párrafo; I.3.3.1.28., fracción I; I.3.3.1.30., fracción V y I.3.22.5., se adicionan las reglas I.2.7.5.3., segundo a quinto párrafos; I.3.3.1.26. con un segundo párrafo; I.3.3.1.32., último párrafo; I.2.3.5.; I.3.12.3.; I.3.12.4.; I.3.14.8.; I.3.14.9.; I.3.17.17.; I.3.17.18.; I.3.21.4.; I.4.3.5.; se derogan las reglas I.3.3.1.27., tercer párrafo; I.3.3.1.28., fracción II, pasando las actuales fracciones III a V, a ser II a IV de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, para quedar de la siguiente manera:
"Personas autorizadas para realizar avalúos en materia fiscal
I.2.1.24. Para los efectos del artículo 3 del Reglamento del CFF, los avalúos que se practiquen por personas que cuenten con cédula profesional de valuadores, expedida por la Secretaría de Educación Pública podrán ser recibidos y, en su caso, aceptados para efectos fiscales. RCFF 3
Los Bienes Inmuebles que se pueden dejar en Garantía para un Crédito Fiscal pueden ser:
● Terrenos
● Casas – Casas en condominio
● Departamentos
● Oficinas
● Locales Comerciales
● Edificios de Oficinas , Vivienda y Mixtos
● Bodegas
● Naves Industriales
● Centros Comerciales
● Estacionamientos
● Hoteles
● Predios Agrícolas y Forestales
● Inmuebles con características especiales
Los Bienes Muebles - Maquinaria que se pueden dejar en Garantía para un Crédito Fiscal pueden ser:
● Plantas Industriales
● Maquinaria
● Instalaciones Industriales
● Equipos
● Mobiliario
● Vehículos en general
● Muebles